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ADMINISTRACION AUTONOMICA


            
  • 09-05-08 - VACACIONES INSTITUTOS DE EDUCACION SECUNDARIA
Estimados compañeros:
  Realizadas las correspondientes gestiones ante la Secretaría General de Educación y la Dirección General de Función Pública, se pone en vuestro conocimiento los siguientes extremos:
  1.º - Las vacaciones debéis solicitarlas en el impreso oficial que existe a tal fin, podéis obtenerle en el PAS.
  2.º - Los perÍodos de vacaciones se deberán ajustar a lo establecido en la normativa aplicable tanto para personal funcionario como laboral.
  3.º - Dichas peticiones se presentarán en la Secretaría del Centro; tienen obligación de recogerla y tramitarla, con independencia del informe que proceda por parte de la Dirección del Centro, y la Secretaría General de Educación resolverá ajustándose a Derecho.
  4.º - En ningún caso, y con la normativa en vigor, os pueden imponer una fecha concreta como período obligatorio de disfrute de vacaciones.
  5.º - Existe un procedimiento especial que regula todos los permisos del personal, siempre con silencio positivo a partir de un mes de haber presentado la solicitud de petición de vacaciones, tenerlo en cuenta.
  Para cualquier aclaración, poneros en contacto con el sindicato.